Diagrama de poder extractivista

Diagrama de poder extractivista

 

Si tomamos en cuenta que lo que está en cuestión es el proceso político, que se ha propuesto transformaciones estructurales, cambiar el modelo extractivista por un modelo eco-productivo, basado en la soberanía alimentaria, el recurso al discurso de propaganda, como procedimiento de legitimación, termina siendo un sabotaje al propio proceso. Es como un encandilamiento mediante la ilusión que impide actuar, en el mediano y largo plazo, en el sentido de las transformaciones estructurales e institucionales, que nos liberen de la dependencia y del modelo extractivista. 

Ley Minera Privatista y anti-indígena

LEY MINERA:control_ciudadano_26.pdf 

 

Desaparecen los derechos colectivos, los derechos comunitarios, los derechos de la madre tierra, los derechos de las poblaciones y pueblos. Estos dispositivos normativos están hechos para garantizar el funcionamiento de la minería extractivista, usando el agua común, dejando de lado los derechos colectivos, comunitarios, sociales y de la madre tierra, constitucionalizados. Con un lenguaje de pretendida dádiva dice que se debe llegar a un acuerdo previo. ¿Entre quienes? ¿Entre depredadores y comunarios? ¿Acaso están en las mismas condiciones éticas y morales para hacerlo? La Constitución defiende la vida, se propone armonizar los ciclos vitales con los de las sociedades humanas. En la Constitución no tienen jurisdicción los depredadores. Estamos ante una Ley que no sólo vulnera la Constitución sino hace sorna de la víctima, los pueblos, las poblaciones, las comunidades, el pueblo boliviano. 

 

La ley Minera como dispositivo de dominación del imperio

La Ley Minera, aprobada en la Cámara de Diputados, está en el ojo del huracán, después es cuestionada por los cooperativistas mineros, a pesar de haberla consensuado con los obreros mineros sindicalizados y el ejecutivo. El desacuerdo tiene que ver con el artículo 151 que, en el proyecto de Ley consensuado, otorgaba atribuciones  de asociación, de libertad de contratos con terceros, a las empresas cooperativas con otras empresas del rubro, sobre todo con aquellas que cuentan con disponibilidad de capital. Artículo que contraviene de pleno la Constitución, convirtiendo a las empresas cooperativas abiertamente en empresas privadas – antes lo hacían subrepticiamente -, en empresas capitalistas autónomas, capaces de incursionar, como el Estado, en exploración, explotación a gran  escala, incorporando la tecnología devastadora que ahora se emplea en la minería por parte de las empresas trasnacionales extractivistas. Los cooperativistas mineros se lanzaron a la ofensiva, defendiendo el artículo 151, revisado por la Cámara de Diputados, exigiendo se vuelva a la redacción consensuada.

No solamente este artículo vulnera la Constitución, sino toda la Ley Minera[1]. Esta Ley, elaborada por un gobierno progresista, retrocede incluso, en comparación, de lo que todavía contiene como defensas públicas, con respecto al anterior Código Minero, elaborado, nada más ni nada menos, por los gobiernos neoliberales. Los populistas se atreven hacer cosas que ni los neoliberales se atrevieron. El gobierno reformista convierte a Bolivia en un paraíso fiscal para las empresas trasnacionales extractivistas y depredadora. Este es el “antiimperialismo” efectivo que practican estos gobiernos progresistas. Se entregan los recursos minerales a manos llenas a la vorágine capitalista de las empresas trasnacionales; las empresas cooperativas son sólo intermediarias, así como las empresas públicas también lo son, aunque en distintas condiciones. Las empresas públicas de la minería y las empresas cooperativas mineras son intermediarias en la explotación extractivista de los recursos naturales de los bolivianos, explotación no consultada al pueblo, a pesar que la Constitución establece el sistema de gobierno de la democracia participativa. En la cadena de la acumulación ampliada de capital, estas empresas sólo acceden a una parte mínima del plusproducto y de la plusvalía, incluso teniendo en cuenta las nacionalizaciones.

Como nunca antes el gobierno, la Asamblea Legislativa, la Federación Sindical de Mineros, la COB, la Federación Nacional de Cooperativas Mineras, regalan el agua a las empresas extractivistas, les abren las compuertas normativas, legales y reglamentarias para desviar los cursos de los ríos y de las otras formas de cursos de aguas. Sólo establecen procedimientos burocráticos para habilitar esta usurpación del bien común, del bien vital, de los ciclos de la vida vinculados a los cursos y ciclos del agua. Contraviniendo violentamente la Constitución, los derechos fundamentales, los derechos de los pueblos y las poblaciones, los derechos de la madre tierra. Haciendo desaparecer, en la práctica, la Consulta con Consentimiento, Previa, Libre e Informada.

Una Ley concebida como dispositivo represivo contra toda protesta y toda movilización en defensa de los recursos naturales, los recursos minerales, los derechos de los bolivianos, los derechos de las naciones y pueblos indígenas originarios. Es una Ley que criminaliza la protesta.

¿Cómo se ha llegado a semejante descarnada violencia contra el pueblo y la Constitución? ¿Qué hay detrás? ¿Qué hay en los entretelones? Esta conducta descomedida sólo es explicable por corrosión  institucional, por corrupciones calamitosas, a todo nivel. Esta gente ha comprometido los recurso, la soberanía del Estado-nación, pues no es un Estado plurinacional, entregando el subsuelo a la lógica destructiva extractivista, a la acumulación de capital por despojamiento y desposesión. Lo ha hecho arteramente, ocultando la elaboración de la Ley, elaborándola en secreto, consensuando entre amigos, para dar el golpe al pueblo azorado y sorprendido. Este delito está tipificado en la Constitución, se llama traición a la patria.    



[1] Ver de Raúl Prada Alcoreza La tormenta minera. Rebelión;  Madrid 2014. Bolpress; La Paz 2014. Dinámicas moleculares,  https://pradaraul.wordpress.com/2014/04/01/la-tormenta-minera/

 


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Proyecto emancipatorio y libertario de autoformación y autopoiesis

 

 

Diplomado en Pensamiento complejo:

Contrapoder y episteme compleja

 


 

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Contrapoder y episteme compleja

 

 

Objetivo del programa:

Umbrales y limites de la episteme moderna, apertura al horizonte nómada de la episteme compleja.

 

Metodología:

Cursos virtuales, participación virtual en el debate, acceso a la biblioteca virtual, conexión virtual  colectiva. Control de lecturas a través de ensayos temáticos. Apoyo sistemático a la investigación monográfica. Presentación de un borrador a la finalización del curso. Corrección del borrador y presentación final; esta vez, mediante una exposición presencial.

 

Contenidos:

 

Modulo I

Perfiles de la episteme moderna

 

1.- Esquematismos dualistas

2.- Nacimientos de del esquematismo-dualista

3.- Del paradigma regigioso al paradigma cientifico 

4.- Esquematismo ideológico

 

Modulo II

Perfiles de la episteme compleja

 

1.- Teórias de sistemas

2.- Sistemas autopoieticos 

3.- Teorías nómadas

4.- Versiones de la teoria de la complejidad

 

Modulo III

Perspectivas e interpretaciones desde la complejidad

 

1.- Contra-poderes y contragenealogias 

2.- Composiciones complejas singulares

3.- Simultaneidad dinámica integral

4.- Acontecimiento complejo

 

Modulo IV

Singularidades eco-sociales 

 

1.- Devenir de mallas institucionales concretas

2.- Flujos sociales y espesores institucionales

3.- Voluntad de nada y decadencia

4.- Subversión de la potencia social

 

 

Temporalidad: Cuatro meses.

Desde el Inicio del programa hasta la Finalización del programa.

Finalizaciones reiterativas: cada cuatro meses, a partir del nuevo inicio.

Defensa de la Monografía. Defensas intermitentes de Monografías: Una semana después de cada finalización.



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