Las formas del despotismo matizado

01.08.2016 01:13

Las formas del despotismo matizado

 

Raúl Prada Alcoreza

 

 

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Hemos dicho, en un ensayo anterior, que la modernidad no se abre a la democracia, como comúnmente se cree, sino, más bien, al despotismo matizado; autonombrado, impropiamente democracia[1]. Sin embargo, se puede aceptar que este despotismo matizado adquiere la institucionalidad de la democracia formal; donde el pueblo es sustituido por los representantes, las voces plurales del pueblo por las voces parecidas, casi homogéneas y repetitivas de los representantes. Las voluntades múltiples del pueblo por la voluntad general, una abstracción, que, en vez de responder a las voluntades populares, mas bien, legitima la usurpación de las voluntades populares, legitima al Estado-nación, a la república, como síntesis política de la pluralidad social. Cuando esta síntesis no es más que la sustitución de la sociedad por el Estado; es decir, por la separación de Estado y sociedad, donde el Estado ejerce el poder concentrado de las dominaciones condensadas. A estas sustituciones y usurpaciones, autodenominadas democracia institucional, que se afirman, jurídica y políticamente, en el Estado de Derecho; es decir, en la Ley abstracta, que unge de legalidad al gobierno de la clase dominante, usurpando la potestad al ejercicio de la democracia, que corresponde al autogobierno del pueblo.

 

Ahora, nos interesa dibujar, por así decirlo, un mapa de las formas del despotismo matizado, autodenominado democracia, que no es otra cosa que la democracia limitada por el Estado; en otras palabras, la democracia formalizada y circunscrita a los márgenes definidos por el poder constituido. Podemos comenzar con la forma liberal de la democracia; es decir, con la forma de despotismo matizado, en su versión liberal.

 

La forma de despotismo matizado liberal, que es como la línea de base, jurídico-política, del Estado-nación, se conforma de una manera, por así decirlo, clásica; una Constitución republicana, que se sustenta en la Ley; es decir, en el Estado de derecho. Una arquitectura institucional basada en la división de poderes, buscando equilibrio y compensaciones entre los poderes, que están encargados de garantizar el cumplimiento de la Ley; vale decir, el cumplimiento de los derechos civiles y políticos, así como los deberes. La Ley se sustenta no solamente en la Constitución; es decir, en la razón jurídica y en la voluntad general política, sino también, para garantizar el cumplimiento de la Ley, en la fuerza que coacciona para su cumplimiento. Además de la malla institucional estatal, la sociedad civil está atravesada por otras mallas institucionales, encargadas de forjar al individuo moderno, consciente de sus derechos y deberes, además de adiestrado largamente a asimilar los hábitos de la democracia institucionalizada.

 

Otra forma de despotismo matizado viene cuando el Estado-nación, experimentando las crisis de adecuación de este diseño constitucional republicano, adecúa su arquitectura, su estructura, no tanto así de las mallas institucionales, sino, mas bien, su uso práctico, a las demandas sociales y, sobre todo, a las necesidades estatales. Buscando un modelo, que pueda permitirnos la comparación, particularmente con el modelo liberal, que es como el ideal jurídico-político de la democracia formal, definiremos un modelo promedio, por así decirlo, de una variedad, mas bien, contingente de formas de despotismo matizado, de estas adecuaciones concretas del Estado-nación, en los suelos donde se asienta. Hablaremos de la forma de despotismo matizado populista.

 

La forma de despotismo matizado populista corresponde no solamente al ideal jurídico-político del Estado de derecho, sino también y, sobre todo, a los asentamientos prácticos en contextos específicos. Corresponden, entonces, a la experiencia estatal asimilada y a las respuestas concretas del Estado-nación a los problemas experimentados. Por eso, se dan variaciones discursivas en la interpretación de la Constitución, en la simbolización del Estado, particularmente en la interpretación de la democracia formal. La forma populista va ampliar la significación de la democracia institucionalizada, connotando, demagógicamente, un gobierno del pueblo; empero, dirigido por los representantes patriarcas y mesiánicos. Este desplazamiento discursivo, también “ideológico”, coadyuva a salir de la crisis de legitimidad de la forma liberal, ante las demandas populares, ante las reivindicaciones sociales, logrando, por lo menos, en un lapso, la relegitimación de un Estado-nación en crisis.

 

En otras palabras, la forma de despotismo matizado populista, es ya la concretización de las mecánicas estatales, ante la premura de las circunstancias y contingencias políticas. Si podemos ilustrar, podemos decir, que la forma populista es la manifestación real del Estado-nación, ante las demandas reales de una sociedad efectiva. En cambio, la forma liberal, era, todavía, el diseño ideal de la democracia formal. En la práctica, este Estado ideal, en sentido liberal, nunca alcanzó a realizarse en los gobiernos liberales. Basta una revisión histórica-política del ejercicio gubernamental liberal para comprobar esta tesis.

 

Otra comparación entre ambas formas de despotismo matizado, la liberal y la populista, puede ser dada en relación al ideal del Estado de derecho.  La forma de despotismo liberal, al tener como ideal supremo al Estado de derecho, no prestaba oídos ni la vista, para constatar las distancias entre su ejercicio gubernamental y el modelo ideal. Sencillamente afirmaba que sus actos corresponden, al pie de la letra, al cumplimiento de la Constitución. La forma de despotismo matizado populista, en cambio, supone un desplazamiento en la forma de Estado; habla de un Estado popular, que supuestamente va más allá que el Estado de derecho, en cuanto a los derechos; por ejemplo, del trabajo, por ejemplo, sociales; así como también en lo que respecta a la soberanía nacional. Sin embargo, efectivamente, el Estado popular, no deja de tener como núcleo orgánico, en sentido jurídico-político, al Estado de derecho. El Estado popular no es otra cosa que las desmesuras prácticas dadas, respecto al núcleo jurídico-político del Estado de derecho. Es el Estado de derecho en su realización efectiva; es decir, abarcando las deformaciones prácticas, relativas a la ejecución del poder, respecto al modelo ideal.

 

La siguiente forma de despotismo matizado, no en el sentido de secuencia, sino del orden del cuadro que presentamos, es la forma socialista. Aunque la forma socialista pretenda ir más allá de la democracia formal, teóricamente, del Estado liberal, la forma socialista no salió de la arquitectura institucional del Estado-nación; es decir, jurídica y políticamente, de la forma república. A pesar de que ya no se conforme a partir del eje de la división de poderes, sino, mas bien, concentrando el poder en la centralidad gubernamental.  La forma de despotismo matizado socialista se reclama estar tan cerca del pueblo y la sociedad, de las mayorías explotadas, que postula ser la verdadera democracia, pues es el proletariado, es decir, la esencia significativa del pueblo, la que ejerce el poder, a pesar de que este ejercicio este mediado por el partido; la representación nucleada y profesional del pueblo. Por esto, no podemos sino situar a la forma socialista como parte de las formas del despotismo matizado.

 

¿Cuál la relación entre el Estado socialista y el modelo ideal del Estado de derecho? Se define un Estado social o Estado de trabajo; sin embargo, este Estado social no es más que otra desmesura, mayor, ciertamente, que la del Estado populista, respecto al Estado de derecho. Si bien la Constitución socialista es diferente a la Constitución liberal, lo que no ocurre tanto con la Constitución populista, que, mas bien, se aproxima más a la Constitución liberal, la Constitución socialista se basa, en su enunciación, en derechos, esta vez, preponderantemente sociales; otorgando, sin embargo, atribuciones desmesuradas al gobierno socialista. Como se puede ver, el paradigma de derecho, es decir, jurídico, es como el eje “ideológico” fundamental de la Constitución socialista, aunque el cuadro de los derechos ya no sean solamente los derechos civiles y políticos, sino, preponderantemente los derechos sociales. De todas maneras, aquí tenemos como dos desplazamientos; uno, respecto al Estado de derecho; otro, respecto a la concepción de los derechos mismos. Empero, hay que tener en cuenta, que estos desplazamientos no lo convierten en algo diferente a otra forma de despotismo matizado.

 

 

Por último, hablaremos de la forma de despotismo matizado neoliberal. Aparentemente la forma neoliberal es un retorno más eficaz y más moderno al Estado liberal; sin embargo, hay que anotar que, como las otras formas de despotismo matizado, a diferencia del modelo ideal del Estado liberal, es ya, en la etapa tardía de la modernidad y del capitalismo, una concreción política e institucional, debido a la experiencia estatal acumulada. En este caso, la adecuación práctica no se da en relación a las demandas sociales, sino más bien, por así decirlo, a las demandas económicas.  Entonces, en este caso, no se da, exactamente, una desmesura respecto al Estado de derecho, sino, mas bien, contención y restricción, pues se restringen los derechos sociales, se amplían los derechos empresariales, teniendo como referente “ideológico” la libertad de mercado y la libertad de empresa. A diferencia de las otras formas de despotismo matizado, el Estado neoliberal está más acá del Estado de derecho.

 

¿Por qué ocurre este fenómeno, de alguna manera, opuesto a las otras formas de Estado? Podemos decir, a modo de interpretación, que las demandas económicas tienen un campo de extensión menor que las demandas sociales. En este caso, el de la forma de despotismo matizado neoliberal, se puede presumir una solución técnica, frente a las soluciones demagógicas o utópicas, por así decirlo, de las otras formas de Estado. Parece que es más fácil responder al cuadro de demandas económicas que al cuadro de demandas sociales y populares. Las formulas políticas son más esquemáticas y aparentemente más simples; en contraste de las formulas políticas populistas y las formulas políticas socialistas, que tienden a ser barrocas, en el caso del populismo, y burocráticas, en el caso del socialismo.

 

Observando la historia reciente política, podemos constatar, que la forma neoliberal, ingresa rápidamente a la crisis de legitimidad, precisamente por su referente acotado en el campo económico. Lo que no ocurre necesariamente con la forma populista y la forma socialista, que generalmente tienden a lograr legitimidad, por lo menos, en los primeros periodos de sus formas gubernamentales. De todas maneras, unas formas de poder en comparación de otras formas de poder, pueden tener periodos, más largos o más cortos, de legitimidad; sin embargo, todas estas formas tienden a converger en la crisis múltiple del Estado-nación.

 

Un anexo. Hablaremos de una forma de despotismo matizado, aunque estrictamente no sea tal, que expresa las características del ejercicio del poder en el crepúsculo de la modernidad y del sistema-mundo capitalista; hablamos, en plural, de las formas de despotismo matizado en la etapa de la decadencia.

 

Las distintas formas de despotismo matizado, tienden, en la etapa de la decadencia, de la era de la simulación, a parecerse, cada vez más, en el ejercicio del poder, como tendiendo a un mismo modelo de ejecución. A pesar de sus diferencias discursivas y de las remarcadas diferencias “ideológicas, entre las formaciones discursivas de las distintas formas de despotismo matizado, todas tienden, en esta etapa, a un mismo comportamiento en el ejercicio del poder. Un rasgo característico es, que estas formas de Estado, comparten la tendencia más marcada al despotismo, incluso al totalitarismo, tendiendo al Estado de excepción; poniendo en suspenso los derechos, bajo la excusas de la situación de emergencia. Esta situación de emergencia compartida por todos es el terrorismo.

 

Con la excusa del terrorismo, de la guerra contra el terrorismo, la amenaza fundamental, hoy en día, las distintas formas de despotismo matizado suspenden derechos, se acercan al Estado de excepción, incluso llegan a declarar el Estado de excepción. Entonces, una pregunta es pertinente: ¿en la etapa de la decadencia, en qué se diferencian las distintas formas de Estado? No encontramos esta diferencia en la manera de ejercer el poder, salvo en los discursos, en las “ideologías”, quizás hasta en las políticas; sin embargo, todas estas formas, luchan denodadamente por conservar el poder, por defender los privilegios de las nuevas composiciones de la burguesía, integrando a nuevos ricos o a formas empresariales altamente especulativas.

 

Otro rasgo característico de esta sintonía de las formas de despotismo matizado, es lo que podemos denominar la transversalidad dominante de las formas de la economía política del chantaje, de las formas de poder paralelos, de las prácticas no institucionalizadas; es decir, de la invasión de lo no-institucional en las mallas institucionales del Estado. Del papel determinante del lado oscuro del poder, que subsume el lado luminoso del poder.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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